Adiós
a las retribuciones en especie “socialmente” atractivas
Si su empresa viene retribuyendo a sus
empleados un seguro médico, plus transporte, cheque restaurante o ticket
guardería, debe saber que desde el pasado 22 de diciembre le supondrá mayor
coste mantener esos conceptos.
El pasado 21 de diciembre se publicó en el
BOE el Real Decreto-Ley 16/2013, de medidas para favorecer la contratación
estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, el cual modificó,
entre otros, el artículo 109 de la Ley General de Seguridad Social, relativo a
los conceptos que se incluyen en la base de cotización.
En concreto, la modificación afectó
directamente a la cotización de los conceptos retributivos siguientes:
- Cheque restaurante.
- Servicios de guardería para
hijos de empleados y/o prestación del servicio de educación con carácter
gratuito o a precio reducido.
- Plus de transporte para cubrir
el trayecto del domicilio al trabajo.
- Seguro médico.
- Aportaciones empresariales a
Planes de Pensiones.
- Entrega de acciones de la Compañía, gratis o a precio reducido.
Y es que a partir de Diciembre 2013, los conceptos mencionados, así como los productos en especie concedidos voluntariamente por las empresas a sus trabajadores, cotizarán en su integridad, suponiendo un mayor coste de Seguridad Social y una merma en el líquido que venía percibiendo el trabajador. Véanse las diferencias:
CONCEPTO
|
IMPORTE COMPUTABLE HASTA RD-LEY 16/2013
|
IMPORTE COMPUTABLE A PARTIR DEL RD-LEY 16-2013
|
Cheques comida
|
El exceso
de 9 euros/día
|
Importe
íntegro
|
Servicios de guardería para hijos de empleados y/o
prestación del servicio de educación con carácter gratuito o a precio
reducido
|
Exento
|
Importe
íntegro
|
Plus de Transporte
|
Exceso
sobre el 20% del IPREM
|
Importe
íntegro
|
Seguro médico
|
El exceso
de 500 euros anuales por persona
|
Importe
íntegro
|
Aportaciones empresariales a planes de pensiones
|
Exento
|
Importe
íntegro
|
Entrega de acciones de la compañía, gratis o a
precio reducido
|
El exceso
sobre 12.000 euros anuales
|
Importe
íntegro
|
El Real Decreto tuvo su entrada en vigor el pasado 22 de diciembre, lo que implicó la retroacción en los conceptos percibidos desde el 22 hasta el 31 de diciembre. No obstante, el Gobierno concedió a las empresas un plazo hasta el 31 de mayo para regularizar la cotización del salario en especie de sus trabajadores, normalizar las nóminas y efectuar sin recargo las cuotas derivadas de los nuevos conceptos.
Han sido muchas las organizaciones que han
rechazado de plano esta medida y han planteado al Gobierno la suavización del
impacto. Sin embargo, el Ejecutivo ya ha confirmado que, el margen de maniobra
para realizar cambios, es reducido.
Veamos cómo se ven afectados, empresa y
trabajador, a causa de esta nueva medida:
-
Sueldo fijo bruto de
30.000 € + 7.000 € en plan de empleo (seguro médico, cheque comida y cheque
guardería)
BRUTO ANUAL
|
Año 2013
|
Año 2014
|
Diferencia
|
SALARIO
DINERARIO
|
30.000
|
30.000
|
|
SEGURO
MÉDICO
|
1.500
|
1.500
|
|
VALE
GUARDERÍA
|
3.600
|
3.600
|
|
VALE
COMIDA
|
1.900
|
1.900
|
|
TOTAL BRUTO
|
37.000
|
37.000
|
|
COTIZACIÓN EMPRESARIAL (34%
aprox.)
|
10.200
|
12.580
|
2.380
|
COTIZACIÓN TRABAJADOR (6,35%
aprox.)
|
1.905
|
2.349
|
444
|
COSTE EMPRESA (BRUTO + COTIZ. EMPR.)
|
47.200
|
49.580
|
2.380
|
Además del impacto en el coste empresarial
ocasionado por esta medida, hay que añadir el aumento de las bases máximas de
cotización en un 5% y la subida de las bases de los autónomos en sus diferentes
facetas, y es que:
- Mientras las bases de cotización mínimas no han sufrido incremento alguno
para 2014, las bases máximas se han incrementado un 5%, lo que supone pasar de
una base máxima de cotización de 3.425,70 euros a 3.597,00 euros, con
el consiguiente incremento en el coste de Seguridad Social para la
empresa.
- Por otro lado, los autónomos societarios (administradores sociales
y socios trabajadores incluidos en el régimen de Autónomos), tengan o no
trabajadores en sus sociedades, pasarán a tener una base mínima de
cotización equivalente a la del grupo de cotización 1 del Régimen General, que
para 2014 es de 1.051,50 euros, en lugar de los 858,60 euros que se
aplicaban hasta 2013.
Olga Sola
Graduada Social
Departamento
Laboral
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