Donnerstag, 20. Februar 2014

Adiós a las retribuciones en especie “socialmente” atractivas


Adiós a las retribuciones en especie “socialmente” atractivas

Si su empresa viene retribuyendo a sus empleados un seguro médico, plus transporte, cheque restaurante o ticket guardería, debe saber que desde el pasado 22 de diciembre le supondrá mayor coste mantener esos conceptos.

El pasado 21 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, el cual modificó, entre otros, el artículo 109 de la Ley General de Seguridad Social, relativo a los conceptos que se incluyen en la base de cotización.

En concreto, la modificación afectó directamente a la cotización de los conceptos retributivos siguientes:

  • Cheque restaurante.
  • Servicios de guardería para hijos de empleados y/o prestación del servicio de educación con carácter gratuito o a precio reducido.
  • Plus de transporte para cubrir el trayecto del domicilio al trabajo.
  • Seguro médico.
  • Aportaciones empresariales a Planes de Pensiones.
  • Entrega de acciones de la Compañía, gratis o a precio reducido. 

Y es que a partir de Diciembre 2013, los conceptos mencionados, así como los productos en especie concedidos voluntariamente por las empresas a sus trabajadores, cotizarán en su integridad, suponiendo un mayor coste de Seguridad Social y una merma en el líquido que venía percibiendo el trabajador. Véanse las diferencias:

CONCEPTO
IMPORTE COMPUTABLE HASTA RD-LEY 16/2013
IMPORTE COMPUTABLE A PARTIR DEL RD-LEY 16-2013
Cheques comida
El exceso de 9 euros/día

Importe íntegro

Servicios de guardería para hijos de empleados y/o prestación del servicio de educación con carácter gratuito o a precio reducido

Exento



Importe íntegro
Plus de Transporte
Exceso sobre el 20% del IPREM

Importe íntegro
Seguro médico
El exceso de 500 euros anuales por persona

Importe íntegro
Aportaciones empresariales a planes de pensiones
Exento
Importe íntegro
Entrega de acciones de la compañía, gratis o a precio reducido
El exceso sobre 12.000 euros anuales
Importe íntegro

El Real Decreto tuvo su entrada en vigor el pasado 22 de diciembre, lo que implicó la retroacción en los conceptos percibidos desde el 22 hasta el 31 de diciembre. No obstante, el Gobierno concedió a las empresas un plazo hasta el 31 de mayo para regularizar la cotización del salario en especie de sus trabajadores, normalizar las nóminas y efectuar sin recargo las cuotas derivadas de los nuevos conceptos.

Han sido muchas las organizaciones que han rechazado de plano esta medida y han planteado al Gobierno la suavización del impacto. Sin embargo, el Ejecutivo ya ha confirmado que, el margen de maniobra para realizar cambios, es reducido.

Veamos cómo se ven afectados, empresa y trabajador, a causa de esta nueva medida:

-   Sueldo fijo bruto de 30.000 € + 7.000 € en plan de empleo (seguro médico, cheque comida y cheque guardería)

BRUTO ANUAL
Año 2013
Año 2014
Diferencia
SALARIO DINERARIO
30.000
30.000

SEGURO MÉDICO
1.500
1.500

VALE GUARDERÍA
3.600
3.600

VALE COMIDA
1.900
1.900

TOTAL BRUTO
37.000
37.000

COTIZACIÓN EMPRESARIAL (34% aprox.)
10.200
12.580
2.380
COTIZACIÓN TRABAJADOR (6,35% aprox.)
1.905
2.349
444
COSTE EMPRESA (BRUTO + COTIZ. EMPR.)
47.200
49.580
2.380


Además del impacto en el coste empresarial ocasionado por esta medida, hay que añadir el aumento de las bases máximas de cotización en un 5% y la subida de las bases de los autónomos en sus diferentes facetas, y es que:

-      Mientras las bases de cotización mínimas no han sufrido incremento alguno para 2014, las bases máximas se han incrementado un 5%, lo que supone pasar de una base máxima de cotización de 3.425,70 euros a 3.597,00 euros, con el consiguiente incremento en el coste de Seguridad Social para la empresa.

-   Por otro lado, los autónomos societarios (administradores sociales y socios trabajadores incluidos en el régimen de Autónomos), tengan o no trabajadores en sus sociedades, pasarán a tener una base mínima de cotización equivalente a la del grupo de cotización 1 del Régimen General, que para 2014 es de 1.051,50 euros, en lugar de los 858,60 euros que se aplicaban hasta 2013.  

Para más información no duden en contactar con nosotros.



Olga Sola
Graduada Social
Departamento Laboral
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